LA REPARACIÓN INTEGRAL CON PERSPECTIVA INTERCULTURAL EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

Ximena Ron Erráez

Resumo


En sentido amplio el término reparar proviene del latín re-paráre, que a su vez deriva etimológicamente de las palabras “re” y “parar”, que significan volver a poner de pie o volver a poner en buen estado. De ahí que, reparar implica arreglar algo que está estropeado, enmendar, corregir, reconstruir o desagraviar al ofendido. Sobre esa base, en el ámbito de los derechos humanos, la reparación es la consecuencia jurídica de la declaración de la vulneración de un derecho, de cuya naturaleza y características deriva el grado y alcance de la reparación.

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